domingo, mayo 23, 2021

La legalidad internacional de Ceuta ahora

1.- El criterio de integridad (continuidad) territorial ha de ser acompañado del histórico, al no ser  criterio suficiente.
A instancias de Marruecos se acudió en 1974 al Tribunal Internacional de Justicia y hubo que demostrar documentalmente la soberanía pasada  del sultán sobre el Sáhara Occidental, Fue un precedente instrumentado por Marruecos, por el que la continuidad territorial , por sí sola, es insuficiente para asentar la soberanía si no es acompañado por la historia. Los rifeños fueron república independiente  con Ab del Krim y casi siempre al margen  de la soberanía del sultán. En  el caso de Ceuta y Melilla, estas ciudades preceden a la nación marroquí.

2.-  Legalidad internacional. Ni Ceuta ni Melilla forman parte de lao 17 territorios No Autónomos  (Naciones Unidas, 1948). Que es la única base legal, de Derecho internacional, para aspirar a la  autodeterminación. O estás dentro de la lista o no hay posibilidad ninguna. Gibraltar inexplicablemente es considerada como colonia y está en la lista. 

3.- Para el más que improbable caso de que desapareciera la ONU o se pudiera torcer la legalidad internacional, inexcusablemente habría que recurrir  a la voluntad de los habitantes, los afectados.

Con la violación de la frontera, la probable mayoría musulmana de Ceuta, y visto lo visto, preferiría seguir siendo Europa, pese a la discriminación relativa,  como ocurre con las minorías por lo demás, que compartir actuaciones imposibles de ver en Europa.

4.- La vinculación diplomática oficiosa  del futuro de  Ceuta y Melilla a la recuperación de Gibraltar por España, no tiene en cuenta, además de confiarlo a un futuro incierto,  la evolución de la percepción de la integridad  territorial de los países, de una nueva cultura.

El escritor Sergio del Molino en un libro en el que se ilustran las excepciones en España a  la continuidad y homogeneidad territorial, se pronuncia por la riqueza de esas excepciones frente a la idea monolítica, monista, geográfica- política.

Puede ser un punto de vista que se vaya abriendo camino porque resulta que yo mismo también soy partidario de esas anomalías político-territoriales, de esas sorprendentes  excepciones y singularidades. No concebiría  jamás, y rechazaría, un Gibraltar español, que empobrecería de forma definitiva la riqueza y variedad  del Estrecho.


5.- Criterio racional: la población. No hay ningún criterio racional para justificar la posesión de fortalezas e islas en manos españolas donde no existe población. No se entiende cómo no se reclamaron las Islas Chafarinas, ocupadas en 1848, que entran de lleno en territorio de colonización.

6.-El elemento nuevo es que a raíz de la violación de la frontera de Ceuta (lo de Melilla ha sido diferente, por común), ha sido la Unión Europea la que ha manifestado formalmente  que la frontera de Ceuta es europea, se sabia, pero no estaba así reconocido (por terceros) de manera explícita y formal. Un precedente como  los precedentes buscados en el Sáhara para la ampliación de soberanía histórica marroquí.

A Ceuta le ha salido un garante nuevo. Ya no entre en la dialéctica España-Marruecos, sino Europa -Marruecos. La mutación es absoluta legalmente, de derecho internacional. 



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