La Asamblea General de Naciones Unidas por resolución 1514 de 1960 reconocía el derecho de
autodeterminación del Sáhara. Por esos
años está en su apogeo el movimiento de descolonización (históricamente ya
precluido), así Argelia, que es la rezagada del Magreb, alcanza su
independencia en 1962, pues todavía faltarán 11 años para que se funde el
Polisario en 1973. Al final se han decidido. En 1991 se logra la paz entre Marruecos
y el Polisario y se instituye la MINURSO. El dossier del Sáhara deja de
llevarlo la Asamblea General porque pasa al Consejo de Seguridad, consecuencia
de la guerra. Este Organismo internacional en lugar de convertirse en un
papagayo del derecho de autodeterminación declarado en 1960 por la Asamblea
General, y hacer de él un dogma sagrado o principio inamovible, busca
activamente la paz y una solución para la controversia planteada. Sabe que la
retórica de un principio solemne, sin acuerdo de las partes, resulta
completamente estéril. Se requiere la praxis de la ONU, empeñarse en su fin de resolución de
conflictos, no le sirve el papel mojado. Se pone manos a la obra con una batería exigente de
medidas: Plan de Arreglo, Acuerdo de Paz, Baker I, Baker II, otros Enviados
Personales del Secretario General. Durante todo este vaivén de propuestas y
negociaciones quedó formulada desde una soberanía limitada hasta una autonomía
temporal como condiciones sui generis para la autodeterminación, siendo
rechazadas indistintamente por las partes. Estos son antecedentes de la
búsqueda de la solución justa mutuamente aceptada. Que es única doctrina de NN.UU.
La Resolución 1754 del Consejo de Seguridad (CS) de 2007 propone el diálogo para una solución justa, definitiva y aceptable, refrendada (votada) por la población saharaui. Desde ese año ya no se hablará del derecho de autodeterminación en NN.UU., sino como lo ha vuelto a determinar la resolución 2602 de 2021 del CS, de una solución mutuamente aceptada por las partes. En todos estos años de iniciativas de NN.UU. se trata de evitar de que con el derecho de autodeterminación la parte que ganase se llevara todo y la que perdiera nada. Desde el momento que la solución justa ha de ser aceptada por las partes, queda reorientado el derecho de autodeterminación, deja de ser concebido como esencialista e incondicionado, porque difícilmente una parte aceptara perderlo todo, sino en todo caso una parte. Exactamente como en toda negociación. Y no es una cuestión entre dos partes sino de cuatro con Argelia y Mauritania; de la que se seguía sin tener la menor noticia en 46 años es de esa potencia administradora que sólo los españoles dicen que es España. Cosa muy rara.
https://www.eldia.es/opinion/2022/03/29/sahara-derecho-autodeterminacion-64396362.html
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