1º Dije yo que cabía una condena a inhabilitación, por el peso del estado (provocado) de crispación y polarización, la famosa realidad social que señala la Ley tener en cuenta para su aplicación, y atemperarlas aquellas.
2º Dije también, que la composicion del tribunal: 5 magistrados sometidos a la ley y 2 progresistas (es decir, que luchan denodadamente por fines últimos: mejorarnos, educarnos, conducirnos, limpiarnos de las alienaciones, y finalmente, redimirnos. Que esa composición suponian 5 magistrados/profesión y 2 magistradas/pedagogía-redención
3º que buscarían la unanimidad en la sentencia. Como la ponente era gubernamental: tesis GANAR EL RELATO (estupidez extrajurídca), podría ser sustituida al chocar con el acuerdo de la mayoria. Y dejar su ponenecia para voto particular de la sentencia.
4º el tribunal se vería obligado, por el clima social a hacer justicia de la mayor avenencia de sensibilidades y rebajar la vulneración frontal del derecho, con el escarnio intelectual de la centralidad de ganar el relato (no jurídico) o de la "verdad del relato". ¡Qué nivel general estos antifranquistas extemporáneos y declamativos, de apetitos totalitarios!


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