martes, junio 10, 2025

El Día: Conde Pumpido no es Habermas (con original)

jurisprudencia, pero nunca el polvo campestre, suburbial o de obras. En Habermas sería delictivo. La pregunta es pertinente ¿Qué polvo del camino debe manchar las togas y por qué? No por algo  contiene un deber para los jueces que no creemos proponga  salirse de los carriles normativos, pero sí una orientación axiológica extraña por excepcional a la trama del Derecho, por tanto, podemos tratar de averiguarlo. Conde Pumpido está apelando a un compromiso, más allá del Derecho, moral. 
El gran teórico del constitucionalismo, que en absoluto es Conde Pumpido, sino Habermas, ni siquiera es jurista, sino sociólogo: en una entrevista manifestó que le hubiera gustado estudiar derecho. Mejor que no.

El derecho se nutre de sí mismo, se retroalimenta, sus fuentes remiten a él complementando y cerrándolo, el derecho es todo el marco teórico y epistemológico, todo dentro del derecho y nada fuera de él, como dijo Fidel Castro de la revolución cubana; salvo algún picoteo en la moral (de sesgo jurídico) o sorbos en la política (atravesada de  derecho).

De vez en cuando se le recuerda a nuestro constitucionalista en jefe politizado, aquella frase aterradora de que “los jueces deben manchar sus togas con el polvo del camino”. Aparcada la metáfora por mejorable, el único polvo que concebiríamos sin salirnos del nicho del derecho sería el polvo de los estantes y las colecciones de jurisprudencia, pero nunca el polvo campestre, suburbial o de obras. En Habermas sería delictivo. La pregunta es pertinente ¿Qué polvo del camino debe manchar las togas y por qué? No por algo contiene un deber para los jueces que no creemos proponga  salirse de los carriles normativos, pero sí una orientación axiológica extraña por excepcional a la trama del Derecho, por tanto, podemos tratar de averiguarlo. Conde Pumpido está apelando a un compromiso, más allá del Derecho, moral. Por el ambiente cultural al que perteneció, el compromiso por excelencia era el existencialista (Sartre, Camus). Ese desgarro ontológico no cabe en el edificio macizo del Derecho. Pero si en otro, igual de contemporáneo que aquél, el que inaugura el Concilio Vaticano II, la teología de liberación, los curas comunistas, el ejemplo de vida y el mensaje de concienciación, el talismán de “concienciar”. La que ajena a toda dialéctica histórica, ha sido seguida por una izquierda profética, sacristanesca y atávica. A qué cosas distintas puede atribuirse todos los dislates del Conde Pumpido ¿al corpus doctrinal del doctor Sánchez? Evidentemente no, que lo despreciará.

El poder legislativo (el “Pueblo” para él) puede ir superando la constitución (el acuerdo marco de convivencia) y hacerse democracia popular a través de una justicia “constructivista” de saldo y ocasión. Habermas da valor central en su teoría de la acción comunicativa a los procedimientos -no se improvisan- que han de partir del consenso intersubjetivo, que sirvió de eje para hacer descansar en él la nueva constitución alemana, tras el nazismo, y regular la función jurisdiccional. Los derechos de las minorías (oposición), que el doctor ningunea, es otro bien democrático a respetar. Haciendo hincapié su teoría de justicia en los procesos deliberativos, no los votos  de (con) bloques “construidos”, sin posible discusión.

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