miércoles, agosto 12, 2026

Inexistencia de fundamentación jurídica para modificación de soberanía CEUTA

No concurren condiciones históricas, jurídicas, territoriales o culturales para cualquier cambio del estatuto jurídico político de Ceuta. Desde el punto de vista histórico institucional, siempre ha pertenecido y sido territorio español, sin interrupción desde hace 6 siglos, a pesar de su enclave en el continente africano. Ha resultado indemnec a todos los avatares de la historia con sus eventuales cambios de titularidades. Se puede predicar de esa ciudad, como de Melilla, el conatus essendi de Spinoza sobre la tendencia de cada cosa a perseverar en su ser,  voluntad de mantener su propia existencia, que es lo demostrado por la ciudad autónoma. Resultando casi una anomalía por su larga implicación y consustancialidad  con España. Sin que tampoco consten disputas y enfrentamientos interiores entre facciones o etnias. A pesar de la convivencia de culturas y religiones distintas con ámbitos particulares de culto, cementerios, festividades, lo que siempre se aduce como motivo de multiculturalidad, convivencia y tolerancia.

No existen convenios, tratados bilaterales (con Marruecos 14 de fronteras que incumple) o multilaterales, mandatos o protectorados internacionales, acuerdos temporales entre potencias que prevean cualquier tipo de reversibilidad de su estatus nacional, como ocurrió con la cesión temporal  de Hong Kong de China al Reino Unido  por 100 años: no hay base alguna en derecho internacional para dar cobertura legal a una modificación de soberanía.

Pero es que tampoco está integrada entre los 17 Territorios no Autónomos, que quedan en el Comité de Descolonización de Naciones Unidas donde si estaba el Sáhara occidental y sigue Gibraltar. El último en ejercer el derecho de autodeterminación fue Nueva Caledonia que decidió seguir perteneciendo a Francia.

Se podría argumentar un derecho etéreo y natural de autodeterminación, final de los procesos de descolonización, cuyo precisa historicidad ya ha sido sobrepasada con creces. Si ese derecho de autodeterminación se ejerciese en la ficción de este momento histórico, por citar un país -antes del mundial de futbol de 2026 por la revelación estelar de su selección- como  Cabo Verde, por poner un solo ejemplo, quizá hubiera preferido el pasaporte color burdeos de la Unión Europea, el mantener un autogobierno extenso, pero liberado de todos los gastos de defensa, representación diplomática, Banco Nacional. La descolonización obedeció a un proceso histórico que  fue reacción de otro de clara especificidad como del colonialismo.

De intentar persistir en esa extemporaneidad habría que atenerse a la voluntad de la población que parece del todo improbable, que optara por Marruecos en detrimento de España y Europa.

Hablando de procesos históricos, cuando el Protectorado español de norte de Marruecos de 1912 al 1956, no se designó su capitalidad en alguna de las plazas españolas como Ceuta y Melilla que disponían de estructuras  para poder acogerla, sino que se designó a Tetuán dando por hecho que las dos ciudades autónomas no podían formar parte de protectorado. Y así reconocido internacionalmente-

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